¿Cuál es la sanción económica por cazar desde puesto fijo sin portar prendas de alta visibilidad?

Cazar en Andalucía desde puesto fijo sin portar prendas de alta visibilidad conlleva sanciones económicas muy altas.

El actual Reglamento de Ordenación de la Caza en Andalucía ha traído consigo varias novedades. Entre ellas, una de las más polémicas ha sido el tener que portar prendas de alta visibilidad en las modalidades de caza de puesto fijo.

Cuando la caza desde puestos fijos se lleva a cabo sobre aves, dichas prendas son realmente perjudiciales. Como ya sabemos, torcaces, acuáticas, tórtolas y zorzales poseen muy buena vista, especialmente las primeras.

Dicha novedad está descrita en el Decreto 126/2017, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de la Caza en Andalucía, en su Artículo 93. Normas de seguridad.

3. En aras a la protección de la integridad física de las personas que participan en las acciones de cazar, se adoptarán las siguientes medidas de seguridad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, sin perjuicio de las instrucciones que puedan adoptarse por parte del titular del aprovechamiento cinegético o, en su caso, de la persona o entidad organizadora de la cacería.

d) En las modalidades de caza en puestos fijos las armas permanecerán enfundadas y descargadas hasta el momento de llegar al puesto y después de abandonarlo. Asimismo, las personas cazadoras y acompañantes deberán llevar en todo momento una prenda de alta visibilidad de color amarillo o naranja tipo chaleco, gorra o brazalete.

Régimen Sancionador.

Según la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la flora y la fauna silvestres de Andalucía. En su Artículo 77. Recoge las infracciones graves en materia de caza:

27. Cazar sin cumplir las medidas de seguridad aplicables al desarrollo de las distintas modalidades de caza para la adecuada protección de la integridad física de los participantes o de terceros.

Por lo tanto, en el artículo Artículo 82 de la Ley se muestran la Cuantía de las sanciones:

2. Las infracciones en materia de caza y pesca continental se sancionarán en la siguiente forma:

  • a) Las infracciones leves con multa de 60 a 600 euros.
  • b) Las infracciones graves, con multa de 601 a 4.000 euros.
  • c) Las infracciones muy graves, con multa de 4.001 a 53.500 euros.

CONCLUSIÓN: desde la entrada en vigor del nuevo Reglamento de Ordenación de la Caza en Andalucía «Cazar desde puesto fijo sin portar prendas de alta visibilidad será una infracción grave que conllevará una sanción económica y posiblemente, complementaria».

MUY IMPORTANTE: el nuevo Reglamento dispone unos colores pero no exige un ancho mínimo para los brazaletes, por lo que al usar dicha prenda, cada cazador puede tomar sus propias interpretaciones. 

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