La gestión de la licencia temporal de caza en Andalucía. Licencia de caza mayor y menor.
Cada año Andalucía recibe muchos cazadores de otras Comunidades Autónomas y de fronteras a fuera del territorio nacional.
Como es lógico, dichos cazadores vienen sin la prueba teórica en materia de caza que se realizan en la Comunidad. Este examen es completamente obligatorio y faculta para el ejercicio de la caza a lo largo de sus ocho provincias.
¿Cómo se puede conseguir la licencia de caza de Andalucía si eres de fuera?
Esta pregunta tiene por respuesta: la autorización excepcional de caza en Andalucía. Es válida tanto para los nuevos cazadores andaluces como para cazadores que ya posean la licencia de caza de su Comunidad Autónoma o extranjero.
La información y documentación básica requerida para el trámite de esta licencia de caza temporal y excepcional es:
- Adjuntar fotocopia del DNI.
- Adjuntar fotocopia de la licencia de caza en vigor de tu comunidad autónoma.
- Adjuntar fotocopia del seguro de caza.
- Autorización del titular del coto donde se va a cazar (en algunas provincias donde los requisitos son más exigentes).
- Indicar el día o días que se va a cazar, modalidad, término municipal y la matrícula del coto.
La autorización excepcional de caza en Andalucía tiene carácter provisional y posee una vigencia continua de 15 días naturales.
MUY IMPORTANTE: la solicitud hay que presentarla con un plazo mínimo de 15 días naturales antes de la cacería.
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