¿Cuáles son las sanciones por furtivismo?

Todos los que amamos el campo y respetamos la caza, sabemos que el furtivo no es un cazador. Se podría definir como alguien que utiliza el ejercicio de la caza de manera delictiva para la consecución de un fin ilegal concreto. Con cierta frecuencia, diferentes medios nos muestran imágenes sobre furtivos cogidos in fraganti intentando realizar alguna de sus fechorías. Se nos informa de lo que han hecho, pero ¿sabemos a cuánto pueden ascender las multas que se les imponen?

Desde el año 2004, entró en vigor el artículo 335 del Código Penal, que castiga como delito la caza furtiva.

Pero el Código Penal también cita los artículos 334 y 336 que también están relacionados con la caza y la pesca.

Artículo 334.

  1. El que cace o pesque especies amenazadas, realice actividades que impidan o dificulten su reproducción o migración, contraviniendo las leyes o disposiciones de carácter general protectoras de las especies de fauna silvestre, comercie o trafique con ellas o con sus restos será castigado con la pena de prisión de cuatro meses a dos años o multa de ocho a veinticuatro meses y, en todo caso, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de cazar o pescar por tiempo de dos a cuatro años. 2. La pena se impondrá en su mitad superior si se trata de especies o subespecies catalogadas en peligro de extinción.

Artículo 335. 

  1. El que cace o pesque especies distintas de las indicadas en el artículo anterior, cuando esté expresamente prohibido por las normas específicas sobre su caza o pesca, será castigado con la pena de multa de ocho a doce meses e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de cazar o pescar por tiempo de dos a cinco años.
  2. El que cace o pesque especies a las que se refiere el apartado anterior en terrenos públicos o privados ajenos, sometidos a régimen cinegético especial, sin el debido permiso de su titular, será castigado con la pena de multa de cuatro a ocho meses e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de cazar o pescar por tiempo de uno a tres años, además de las penas que pudieran corresponderle, en su caso, por la comisión del delito previsto en el apartado 1 de este artículo.
  3. Si las conductas anteriores produjeran graves daños al patrimonio cinegético de un terreno sometido a régimen cinegético especial, se impondrá la pena de prisión de seis meses a dos años e inhabilitación especial para el ejercicio de los derechos de cazar y pescar por tiempo de dos a cinco años.
  4. Se impondrá la pena en su mitad superior cuando las conductas tipificadas en este artículo se realicen en grupo de tres o más personas o utilizando artes o medios prohibidos legal o reglamentariamente.

Artículo 336.  El que, sin estar legalmente autorizado, emplee para la caza o pesca veneno, medios explosivos u otros instrumentos o artes de similar eficacia destructiva para la fauna, será castigado con la pena de prisión de cuatro meses a dos años o multa de ocho a 24 meses y, en todo caso, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de cazar o pescar por tiempo de uno a tres años. Si el daño causado fuera de notoria importancia, se impondrá la pena de prisión antes mencionada en su mitad superior.

¿Cuál es la pena de multa?

Según el Código Penal Español, la pena de multa puede oscilar entre 2 y 400 euros diarios. Por poner un ejemplo, para delitos por la muerte de un venado de manera ilícita en un coto de caza donde no se existe autorización por parte del titular.  Si el infractor no es reincidente, se suele poner una pena de multa de 6 a 10 meses con una cuota diaria entre 6 y 12 euros (si tomamos el valor máximo, 3.600,00€). Además,  de 1 a 3 años de inhabilitación en el ejercicio de la caza. En el caso, que el animal fuera trofeo, se le añadiría el precio por el mismo.

En Aragón, la caza furtiva de sarrio, cabra montés, ciervo, corzo, gamo, y muflón sin licencia o sin contar con las autorizaciones y permisos preceptivos o incumpliendo. Supone una infracción muy grave a la Ley de Caza de Aragón, por lo que la persona que la infrinja, se enfrenta a un procedimiento sancionador, con una multa desde 3.000 hasta 60.000 euros, incluyendo la prohibición de cazar de uno a cinco años.

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