Planes Técnicos de Caza

Planes Técnicos de Caza y de Ordenación Cinegética

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El plan técnico de caza, plan cinegético o plan de caza  es una herramienta indispensable para gestionar adecuadamente un coto de caza.

Plan técnico de caza o planes técnicos de caza, también llamados planes cinegéticos o planes de caza son instrumentos de gestión de los terrenos cinegéticos (cotos de caza). Éstos garantizan el aprovechamiento sostenible de las especies cazables.

A partir de los planes técnicos de caza se establecen los criterios de gestión cinegética, debiendo incluir, entre otros datos, el inventario de poblaciones silvestres existentes, la estimación de extracciones o capturas a realizar y la delimitación de zonas de reserva para permitir el refugio y desarrollo de las poblaciones en las que no podrá practicarse la caza ni cualquier otra actividad que afecte negativamente a aquellas.

La vigencia depende de cada Comunidad Autónoma. Por ejemplo, en Andalucía y Castilla-La Mancha, la vigencia de los planes técnicos de caza, planes cinegéticos o planes de caza es de 5 años. En Extremadura, de 6 años si es de caza mayor y de 10 años si es de caza menor.

¿Qué es necesario para crear o renovar un Plan Técnico de Caza, Plan Cinegético o Plan de Caza?

Para crear un nuevo coto de caza, siempre depende de la Comunidad Autónoma donde se solicite. De manera general, siempre se precisa la emisión de un número de matrícula del coto. Así, a posteriori, poder redactar el correspondiente Plan Técnico de Caza.

En caso de tener que renovar un plan técnico de caza, simplemente, se recurre a un técnico competente. Le gestionará la posibles modificaciones y la redacción del nuevo documento.

¿Necesitas crear, renovar, modificar, segregar o ampliar un coto de caza?

Redactamos y llevamos a cabo la correspondiente solicitud para crear o renovar un Plan Técnico de Caza, Plan Cinegético o Plan de Caza en cualquier Comunidad Autónoma. Lo gestionamos de manera rápida, ágil y sencilla su solicitud. Así, a la mayor brevedad, conseguir la resolución aprobatoria. Es indispensable que el titular del coto de caza pueda disponer rápido del aprovechamiento solicitado a la Administración.

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