Licencia de caza: sanciones económicas por cazar sin la licencia de caza correspondiente

licencia de caza de cataluña

Ir a cazar a otra Comunidad Autónoma conlleva tener que expedir, en muchos casos, una nueva licencia de caza

A la hora de realizar un viaje para cazar en otra Comunidad Autónoma, expedir la licencia de caza correspondiente es tan importante como llevar con nosotros el seguro anual de caza o el permiso de armas actualizado o vigente.

En caso de ser intervenidos por las autoridades locales durante el ejercicio de la caza, si no disponemos de la licencia de caza para estar habilitados, la sanción económica puede ser muy elevada. Además, en el caso de ocurrir, por desgracia, un accidente durante la jornada de caza; si no estamos en posesión de dicha licencia, el seguro no nos cubriría. Por tanto, la cobertura que tendríamos sería nula. Esto es un aspecto muy importante y que hay que tener en cuenta.

«LA LICENCIA DE CAZA ES UN DOCUMENTO BÁSICO Y COMPLETAMENTE OBLIGATORIO A LA HORA DE VIAJAR A OTRAS COMUNIDADES»

 

 

Como hemos indicado anteriormente, las sanciones económicas por no disponer de licencia de caza pueden llegar a ser muy elevadas. A continuación, mostramos la cuantía de las multas o sanciones a lo largo del territorio nacional:

  • Andalucía: infracción grave, sancionable con multa de 601,00 a 4.000,00 euros
  • Aragón: infracción grave, sancionable con multa de 301,00 a 3.000,00 euros
  • Asturias: infracción muy grave, sancionable con multa de 7.500 a 90.000 euros
  • Canarias: infracción grave, sancionable con multa de 600,01 a 3.000,00 euros
  • Cantabria: infracción grave, sancionable con multa de 300,51 a 3.005,06 euros
  • Castilla y León: infracción leve, sancionable con multa de 100,00 a 1.000,00 euros
  • Castilla-La Mancha: infracción grave, sancionable con multa de 501,00 a 3.000,00 euros
  • Cataluña: infracción sancionable con multa de 30,00 a 300 ,00 euros
  • Comunidad de Madrid: infracción sancionable con multa de 600,00 a 6.000,00 euros
  • Comunidad Valenciana: infracción grave, sancionable con multa de 301,00 a 3.000,00 euros
  • Extremadura: infracción grave, sancionable con multa de 251,00 a 2.500,00 euros
  • Galicia: infracción grave, sancionable con multa de 601,00 a 6.000,00 euros
  • Islas Baleares: infracción grave, sancionable con multa de 451,00 a 1.200,00 euros
  • La Rioja: infracción grave, sancionable con multa de 301,00 a 3.000,00 euros
  • Murcia: infracción grave, sancionable con multa de 300,00 a 3.005,00 euros
  • Navarra: infracción grave, sancionable con multa de 501,00 a 2.000,00 euros
  • País Vasco: infracción grave, sancionable con multa de 150,00 a 300,00 euros

Por lo general, dichas multas económicas van asociadas a sanciones accesorias como son la retirada de licencias de caza e inhabilitación para obtenerla en un plazo de tiempo, suspensión de autorizaciones, etc.

Toda la información expuesta anteriormente está recabada de la legislación y normativa autonómica correspondiente.

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