¡Peligro montería!

Los fines de semana de otoño son un extraordinario momento para la práctica de senderismo y otras actividades al aire libre. La mayoría de ellas, se desarrollan en fincas públicas pero también privadas, las cuales disponen de propietario y regula, como es lógico, el acceso a éstas.

Esta época coincide con el momento de mayor actividad durante la temporada de caza. Los amantes del campo y la naturaleza deben tener muchas precauciones ya que una vez realicen la incursión de una propiedad, sea pública o privada, se puede estar celebrando una montería o gancho.

Como hemos comentado con anterioridad, la titularidad del monte puede ser privada o pública. En el primer caso parece evidente que todos los aprovechamientos de una propiedad privada corresponden a su propietario y, aun más, si dicho terreno no está afectado por servidumbres de paso, tampoco se podrá transitar. Cuando un terreno es de titularidad pública también está sujeto a derecho ya que dicho terreno puede estar sometido a multitud de aprovechamientos como setas, leñas, pastos, aguas, pesca, caza, etc. de manera que también en este caso debemos desterrar la idea de que “El Monte es de todos”.

Por motivos de seguridad, la organización de una montería está obligada por la ley de caza a cerrar y señalizar convenientemente todos los caminos de acceso al área de caza a una distancia no menor a los 500 metros alrededor de la “mancha” de caza, que sean caminos públicos o privados es indiferente, el día de la montería no se podrán transitar.

El propietario del coto o titular por no indicar que se está celebrando una actividad cinegética de las mencionadas puede ser sancionado económicamente por no realizar las comunicaciones pertinentes.

Comments are closed.

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Más info

aceptar
Abrir chat
Muchas Gracias por contactar con nosotros.